El Ayuntamiento garantiza el derecho a la igualdad de las personas con discapacidad
Zalla es un pueblo que se esfuerza dÃa a dÃa por crear un
entorno más amable para sus vecinos y vecinas, y este empeño ha tenido su
reflejo en la redacción de una ordenanza que
pretende garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con
discapacidad mediante la ejecución de las obras que para ello sean necesarias.
Esta nueva norma se aprobaba en el último
pleno municipal, siendo esta materia uno de los objetivos básicos de la acción
consistorial. El recién ratificado decreto trata principalmente de eliminar
obstáculos para lograr una adecuada accesibilidad a todas las personas de Zalla
tanto en zonas públicas como en espacios privados destinados preferentemente a
uso como vivienda.
Las soluciones propuestas en el proyecto
técnico de inmuebles privados deberán seguir además un orden jerárquico, minimizando
al máximo el impacto visual que producen: la instalación accesible deberá, como
primera opción, afectar a caja de escaleras y si esto no fuera posible, a la
envolvente de la edificación (patio incluido) o la fachada. Únicamente si
ninguna de estas alternativas fuera factible, podrÃa ubicarse sobre suelos de
dominio público, aunque en ningún caso se autorizarÃa la ejecución de reformas
si ello supusiera la expropiación total o parcial de viviendas o la anulación
de sus huecos. Tampoco estarÃa permitido obrar en las calles de vialidad
principal: Avda. Lanzagorta, calle Hermanos Maristas, Avda. Los Trabajadores…
ni en edificios protegidos.
Los elementos necesarios para asegurar la
accesibilidad de los y las habitantes, como pueden ser ascensores, plataformas,
salva-escaleras o rampas, siempre se realizarán con respeto a la composición
del edificio o conjunto urbano en el que se incluyan. El caso particular de los
ascensores, estos deben cumplir requisitos tales como que el acceso pueda
realizarse directamente desde la calle disponiendo para ello de una rampa, que el
montaje del mismo no afecte a la anchura de pasillos y escaleras ni que incida
negativamente en las vÃas de evacuación o elimine el acceso al patio.
Sin embargo, en el supuesto de que ninguna de las medidas
anteriores pudiera llevarse a cabo, esta ordenanza posibilitará a los vecinos y
vecinas de la vivienda la implantación en una misma planta de todos los
elementos funcionales propios de una casa, tales como aseo, cocina o dormitorio,
pudiendo levantarse el nuevo habitáculo anexo al edificio solamente en aquellos
casos que sea estrictamente necesario.
Procedimiento
La persona o personas interesadas en desarrollar una obra
de estas caracterÃsticas deberán elaborar y presentar en el Ayuntamiento un documento
que incluya planos, descripción de la maquinaria, materiales de ejecución y
acabados, asà como la evaluación de los impactos fÃsicos, estéticos y
acústicos.
También quedará reflejado en ese proyecto el coste económico
del trabajo y el valor de todos los bienes y derechos que, en su caso, hubieran
de expropiarse.
Habrá de presentarlo por duplicado y dar cuenta a todas
las Comunidades afectadas para que puedan emitir su opinión al respecto en el
plazo de un mes. Transcurrido ese tiempo, los servicios técnicos municipales
valorarán la racionalidad de la solución planteada y aprobarán o denegarán la
correspondiente licencia municipal.
Utzi erantzuna