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Diru-laguntzak enpresa-proiektuak sendotzeko // Ayudas económicas para la consolidación del proyecto empresarial




Enpresa-jarduera bati ekiten dioten pertsonei diru-laguntzak emateko deialdiaz gain, Lanbide-Euskal Enplegu Zerbitzuak enpresa-proiektuak sendotzearen alde egin du, 2017ko uztailaren 27ko ebazpenean xedatzen den bezala. Ebazpena 2017ko uztailaren 28ko Euskal Herriko Agintaritzaren Aldizkarian argitaratu zen. [Enpresa-jarduerako diru-laguntzen eskariak aurkezteko epea deialdi hau Euskal Herriko Agintaritzaren Aldizkarian argitaratzen denetik aurrera hasi eta 2017ko urriaren 6an amaituko da.

El plazo de presentación de las instancias para solicitar las ayudas económicas para la consolidación del proyecto empresarial finalizará el día 6 de octubre de 2017.]
Comenzará, en cambio, el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco. 

Además de la convocatoria de la concesión de ayudas económicas a personas que inicien una actividad empresarial, el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide apuesta por la consolidación de un proyecto empresarial, tal y como se recoge en la resolución de 27 de julio de 2017, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 28 de julio de 2017. ]

Podrán ser objeto de subvención los gastos de promoción, funcionamiento y gestión de una empresa de reciente creación, necesarios para la consolidación de dicho proyecto empresarial, como: las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las campañas de publicidad y merchandising, rotulación de establecimientos y vehículos, iluminación en rótulos y diseño, impresión y entrega de publicidad en mano. Asimismo, se aportará una ayuda para la creación y diseño de páginas web y redes sociales, banner publicitario en página web, cuotas de mantenimiento de páginas web, gastos relativos a la incorporación de plugins en la web, así como el coste de los servicios de promoción en Facebook.

Otro de los servicios que será abonable sera el asesoramiento fiscal, laboral, contable, jurídico o administrativo relativo a la teneduría de libros y obligaciones fiscales y contables cotidianas, sobre riesgos laborales, para cambios y mejoras del escaparate y gastos de coaching.

Todos estos gastos subvencionables serán los correspondientes a 6 meses, contados desde el día siguiente a aquel en el que se notifique la resolución estimatoria de la subvención.

Las personas que vayan a recibir las subvenciones serán: empresarias o empresarios,  socias y socios integrantes de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal y que reúnan los siguientes requisitos, desde el momento de presentar la solicitud: estar empadronada y tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco y haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en aquel que, como trabajador por cuenta propia, en su caso, corresponda, en el periodo comprendido entre el 16 de abril de 2016 y la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente convocatoria.

La actividad empresarial deberá tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma del país Vasco y el centro de trabajo también deberá estar radicado en la misma. Otro de los requisitos será: No haber sido beneficiaria de esta misma línea de ayudas en las convocatorias anteriores.

Importe de la ayuda 
La cuantía mínima de la ayuda regulada en este capítulo será de 2.500 euros y la máxima de 3.250 euros por cada persona beneficiaria. En el supuesto de socios o socias integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 6.000 euros para el conjunto de los socios o socias.

Solicitudes, documentación y plazo de presentación
Las instancias deberán presentarse por las personas emprendedoras mediante el modelo oficial recogido en el Anexo IV, que se encontrará disponible en http://www.lanbide.euskadi.eus, en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y en las Oficinas de Empleo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

El plazo de presentación comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el día 6 de octubre de 2017.


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